Renderizado por el Consejo de Estado en La Haya, el 20 de mayo de 2025 y publicado el 26 Current, una sentencia emitida por la jurisprudencia al permitir que las madres solteras marroquí presenten una solicitud de asilo en los Países Bajos, si su solicitud establece el riesgo real de procedimientos penales. La decisión se emitió a favor de un nacional, que apeló después de una medida de expulsión dirigida a sus tres hijos, así como una negativa administrativa en 2023.
Con el tiempo, este primer veredicto estuvo de acuerdo con el Ministerio de Asilo y Migración, alegando que Marruecos se designa como un país de origen seguro. Sin embargo, esta disposición no se aplica a las personas mencionadas en acciones legales, lo que puede «demostrar concretamente que las garantías legales existentes en Marruecos contra las violaciones de los derechos y las libertades no están garantizadas en el caso individual».
Por su parte, el Ministerio ha argumentado en la apelación que «esto significa que debe haber indicaciones concretas e individuales de que se cometirá realmente el enjuiciamiento penal». En Las expectativas del juicioel Consejo de Estado reconoce la admisibilidad de la queja del solicitante, ya que «ha demostrado que estaría expuesto a procedimientos penales si regresara a Marruecos y que las garantías legales contra las violaciones de los derechos y las libertades no están aseguradas en su caso individual».
Un riesgo de enjuiciamiento y consecuencias múltiples
La apelación del solicitante se basa en los artículos 490 y 491 de Código criminal relacionado con las relaciones fuera del mareo y adulterio, así como las disposiciones de Código de familia Sobre la cancelación de la supervisión legal y el cuidado infantil. La solicitud también cita el informe 2022 de la Asociación MRA/Mobilizing for Derechos, «Protección, no prisión: cómo la criminalización del sexo del matrimonio promueve la violencia». Según este documento, el número anual de procedimientos en estos casos similares durante el período estudiado superó los 10,000 en Marruecos.
En este informe, la Asociación propuso comparación encriptada, para llamar para movilizar los esfuerzos de la fiscalía para proteger mejor a las mujeres víctimas de violencia para dar primacía al principio de prevención, en lugar de encarcelar a otros por consentir fuera del mar de mares. Hizo hincapié en que en 2020, 46 personas continuaron por asesinato con premeditación sobre mujeres (mujeres). 756 fueron por violación, 2.034 por violencia contra las mujeres resultantes de una incapacidad de más de 20 días y 505 por acoso sexual en espacios públicos.
Además, se iniciaron 20 por acoso sexual en el trabajo y solo 2 por incumplimiento de la medida de prohibición para ponerse en contacto con la víctima. De un total de 3,363 en general, este número reducido contrasta con el de enjuiciamiento por sexo fuera del mareo, que alcanzó los 13.018 el mismo año.
Además de estos documentos, los interesados se refirieron al artículo de la «respuesta a Marruecos: convicciones para las relaciones sexuales extramatrimoniales», del Centro de Investigación y Documentación austriaca sobre países de origen y asilo, así como de «en breve informe temático oficial sobre el principio de BIS en Idem, convicciones penales extranjeras y legislación de la vida privada» de 2023.
Un debate sobre reformas legislativas y el principio de protección
Fechada el 14 de diciembre de 2023, se adjuntó una carta de MRA al archivo. A solicitud, la madre explica en particular «tener que dirigirse a las autoridades marroquíes para obtener documentos oficiales de identidad para su hijo menor». «Con este fin, tendrá que presentar el certificado de nacimiento holandés en el que no se menciona ningún padre. A partir de esto, las autoridades marroquíes pueden deducir que su hijo menor nació de una relación extramatrimonial», retiene del Consejo de Estado en su juicio.
En cuanto al correo electrónico de MRA/Mobilizing for Derechos, confirma que «al solicitar documentos de identidad oficiales para un niño nacido fuera del mareo, las autoridades serán informadas de una violación penal del sexo extramatrimonial y procederán al enjuiciamiento». En algunas ciudades de Marruecos, las madres solteras pueden dar a su hijo su Matreamy, o un nombre elegido de una lista exhaustiva. Pero estas prácticas son principalmente de esfuerzo personal dentro de las administraciones en cuestión y las de las ONG, debido a la falta de disposiciones legales en esta área.
Este registro no permite una filiación paterna, relegando así a los niños nacidos del matrimonio al rango de ciudadanos de segunda clase. En caso de acciones legales contra ellos, las madres están expuestas no solo a una decomiso de tutoría, sino también a limitaciones socioeconómicas, en términos de reintegración del mercado laboral después de una sentencia de prisión. Baste decir que la suma de precariedad acentúa las incertidumbres sobre la calidad de vida de los niños menores.
Contactado este miércoles por Yabiladi este miércoles, la Asociación MRA acogió con beneplácito que la decisión proviene de una Corte Suprema, dando primacía a los mejores intereses del niño. «Debido a los riesgos de los procedimientos penales y el estado de los niños nacidos del mar azapes, es posible que este último no haya podido tener una educación regular como todas las demás, en caso de regreso a Marruecos», explica la ONG.
«Los niños también habrían vivido de su madre, si cayera una condena. El imperativo era principalmente que los pequeños permanecen con su madre y que sus derechos se garantizaron, en vista de la obligación de protección internacional por parte de los Estados miembros de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDE)».
Asociación de MRA
Más allá del caso individual, MRA informa a Yabiladi a «la esperanza de que esta jurisprudencia sobre todo haga posible hacer que las cosas sucedan y tener una contribución en el debate sobre la situación de los niños nacidos de Marine en Marruecos, en el contexto de la reforma del Código de Familia, así como el de las madres solteras, también con el respeto a las disposiciones del código penal».