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cambios para la transferencia de propiedad



Nuevas reglas para la transferencia de propiedad. En una nota interna dirigida a todos los conservadores distribuida el 30 de diciembre de 2024, la Agencia Nacional de Conservación de Tierras enfatiza el nuevo método de funcionamiento. “Así, ningún acto relativo a la transferencia de propiedad inmobiliaria, necesariamente sujeto a la formalidad de inscripción, será aceptado por los registradores si no ha sido previamente inscrito ante la Dirección General de Impuestos (DGI), sobre la base de un modelo de formulario establecido por la administración y que sirve como certificado de registro”, podemos leer en esta nota. Gracias a este documento, el registrador puede comprobar si la escritura ha sido inscrita y se han pagado las tasas correspondientes.

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Por lo tanto, es obligación de los conservadores del reino garantizar que cualquier acto presentado para su presentación ante la Agencia Nacional de Conservación de Tierras o para su inscripción en los libros de tierras vaya acompañado del formulario obligatorio. En caso de incumplimiento, se rechazará el trámite. Este nuevo procedimiento se aplica a los trámites realizados a partir del 1 de enero, fecha de entrada en vigor de la ley de finanzas 2025.

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Por norma general, antes de ser inscritos en el Registro de la Propiedad, todos los actos deben pasar por el servicio registral, ya sea con pago de una tasa fija o proporcional, o incluso con exención total, explica a El economista M'barek Sbaghi, notario de Casablanca. En consecuencia, cualquier acto, cualquiera que sea su naturaleza, debe registrarse previamente en la Dirección General de Impuestos antes de su presentación al registro de la propiedad, con excepción de documentos simples como una solicitud, una solicitud o cualquier información. “Pero cuando se trata de un contrato de compraventa, permuta, participación, donación, hipoteca o liberación de hipoteca, etc., el trámite de registro ante la administración tributaria es obligatorio”, aclaró.

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Según el Código General Tributario y la ley de tierras que regula la profesión notarial, los notarios deben presentar escrituras debidamente registradas en el registro de la propiedad. El notario deberá presentar para el trámite de inscripción copias de los escritos y actas certificadas como fieles al original por él, ante la oficina de registro competente, especifica el reglamento. También deberá pagar el importe adeudado en los plazos establecidos por la ley y realizar los trámites necesarios para la inscripción en los registros de la propiedad.



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