La Sala 9 del Tribunal Administrativo de Apelación de París anuló una decisión dictada anteriormente en primera instancia, que desestimaba una solicitud contra la iniciativa de un prefecto de policía. En 2021, rechazó la aprobación para ejercer la profesión de asistente de policía de un candidato, debido a una marca de oración en su frente, lo que sugiere su práctica habitual del culto musulmán. En abril de 2023 se dictó una primera sentencia a favor de esta medida. Por sentencia del juzgado de segunda instancia, se estima ahora la petición del demandante, al tiempo que se condena al Estado a pagarle 1.500 euros.
Según esta nueva decisión, «los agentes de policía se benefician, como todos los demás funcionarios públicos, de la libertad de conciencia que prohíbe cualquier discriminación en el acceso a sus funciones, así como en el desarrollo de una carrera basada en su religión». En este sentido, “el principio de laicidad les impide tener, en el marco del servicio público, el derecho a manifestar sus creencias religiosas”. Para los jueces, denegar la aprobación por «dermatosis pigmentada» resulta inadmisible, dado que no se trata del uso ostentoso de un signo religioso distintivo, contrario al principio de neutralidad, sino de una marca física que revela una práctica religiosa en el ámbito privado. esfera.
“Corresponde a la autoridad administrativa, bajo el control del juez de extralimitación de facultades, evaluar el cumplimiento de este principio durante la fase de contratación de un candidato destinado a incorporarse al servicio público de policía nacional. El hecho de que el prefecto garantice las garantías presentadas por el candidato con vistas al ejercicio de sus futuras funciones, en particular en lo que respecta al principio de laicidad, no constituye en sí mismo una discriminación basada en sus convicciones religiosas, destacamos.
En este sentido, “la única circunstancia de que el interesado presente una “marca”, o de que esta marca revele una práctica religiosa asidua, no es por sí sola capaz de demostrar, contrariamente a lo que afirma el Ministro del Interior al afirmar un riesgo de retirada de identidad, que la candidatura (…) sería por ello incompatible con los principios de laicidad y neutralidad y que no presentaría las garantías necesarias para el ejercicio de las funciones previstas.
El año pasado, el Consejo Francés de Fe Musulmana (CFCM) expresó su sorpresa después de que un ciudadano francés de fe musulmana aprobara el examen de acceso a la academia de policía, pero fuera rechazado por la prefectura. El motivo de esta decisión fue la existencia de una mancha en el frente, considerada un “posible signo de retirada de identidad” porque “un signo de práctica regular de la oración”.