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Los contribuyentes deberán regularizar su situación antes de finales de diciembre


La Dirección General de Impuestos (DGI) informa a los contribuyentes afectados por la medida relativa a la regularización voluntaria de su situación tributaria, restituida por la ley de finanzas 2024, que tienen hasta finales de diciembre del presente año para regularizar su situación.

Esta regularización se refiere a las personas físicas por sus beneficios y rentas imponibles en Marruecos, que no hayan sido declarados antes del 1 de enero de 2024, indica la DGI en un comunicado. Además, constituye la fuente de los activos líquidos depositados en cuentas bancarias y de los activos líquidos mantenidos en moneda fiduciaria en forma de billetes de banco, añade la misma fuente.

Se refiere también a la financiación de gastos, en particular a las adquisiciones de bienes muebles o inmuebles no destinados a uso profesional y a la suscripción de anticipos en cuentas corrientes de los socios o en la cuenta del operador y de los préstamos concedidos a terceros. Los contribuyentes afectados deben, antes de finales de diciembre, depositar los activos líquidos, así como la declaración correspondiente, en una entidad de crédito autorizada como banco.

Asimismo, se les solicita presentar una declaración ante la administración tributaria y pagar la contribución por bienes muebles o inmuebles, anticipos en cuentas corrientes de los socios, en la cuenta del operador, así como los préstamos otorgados a terceros.

Para la rectificación de las bases imponibles durante la fiscalización no se tomará en consideración el importe de los bienes y gastos declarados por los que se pagó la contribución, cuyo tipo se fija en el 5% del valor de dichos bienes y gastos. del contribuyente de que se trate.

Además, este monto no será considerado para la evaluación de la renta anual global como parte del procedimiento de examen de la situación fiscal integral de las personas físicas, a que se refiere el artículo 216 del Código General Tributario.

Cuando el aporte se paga a nivel bancario, éste no transmite a la DGI ninguna información que permita identificar al declarante para salvaguardar su anonimato.

Esta medida se explica en la nota circular 735 relativa a las medidas tributarias de la ley de finanzas 55.23 para el ejercicio presupuestario 2024, publicada en el portal de la DGI, en la dirección (www.tax.gov.ma), concluye el comunicado.





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