El Gobierno marroquí revisa el acuerdo de sustitución del permiso de conducción con Italia
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El Gobierno marroquí revisa el acuerdo de sustitución del permiso de conducción con Italia


Bandera electrónica – Rabat

El ministro delegado ante el primer ministro encargado de las relaciones con el Parlamento, el portavoz oficial del Gobierno, Mustafa Paytas, reveló en una rueda de prensa tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno los detalles del acuerdo celebrado entre Marruecos e Italia en materia de cooperación mutua. Reconocimiento de permisos de conducción a efectos de reposición. Paytas explicó que este acuerdo, firmado en Roma el 27 de marzo de 2024, se enmarca en el proyecto de ley n° 38.24 presentado por el ministro de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero, Nasser Bourita.

El acuerdo tiene como objetivo facilitar el tráfico por carretera entre los dos países mediante el reconocimiento por parte de cada uno de ellos de permisos de conducción nacionales válidos y no temporales emitidos por la otra parte. El acuerdo también estipula que los permisos de conducción deben incluir toda la información necesaria para identificar al conductor, con el requisito de que el titular del permiso cumpla con la edad legal para conducir de acuerdo con la legislación de ambos países.

El ministro destacó que el acuerdo otorga a los titulares de permisos de conducción expedidos por uno de los dos países el derecho a conducir vehículos que correspondan a las categorías de sus permisos por un período de hasta un año a partir de la fecha de obtención de la residencia en el otro país. Esto significa que los nuevos residentes en cualquiera de los dos países, ya sean marroquíes en Italia o italianos en Marruecos, podrán conducir sus vehículos durante un período de un año utilizando sus permisos nacionales antes de tener que sustituirlos.

El acuerdo también confirma que los ciudadanos que decidan residir permanentemente en uno de los dos países, tendrán que sustituir sus permisos de conducción por permisos de conducción similares emitidos por el país de acogida, sin necesidad de someterse a pruebas teóricas ni prácticas. Una excepción a esto son algunos casos especiales relacionados con conductores con necesidades especiales, donde será necesario realizar pruebas prácticas para garantizar que sus habilidades son compatibles con los requisitos de conducción del nuevo país.



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