La Cámara de Representantes aprobó por unanimidad, el lunes durante una sesión legislativa, un proyecto de ley que modifica y complementa la Ley nº 18-00 relativa al estatuto de copropiedad de los edificios construidos.
Este texto presentado por el Grupo Haraki pretende, según una nota de presentación, «mejorar y facilitar la administración de las uniones de propietarios, fortaleciendo al mismo tiempo su gestión racional, en particular en términos de diversificar los medios de comunicación jurídica con los residentes en relación con las reuniones de miembros de la copropiedad y otros, además de la consagración de procedimientos de mediación entre los propietarios ante el recurso a la justicia para la preservación de las buenas relaciones entre los habitantes».
En su artículo 13, estipula que «la unión de copropietarios tiene derecho, a falta de conciliación y mediación, a recurrir a la justicia, incluso contra uno de los copropietarios individual o colectivamente con los copropietarios perjudicados». . Asimismo, las modificaciones se refieren en particular a la junta general que «se reúne por primera vez previa convocatoria de uno o más copropietarios. Los copropietarios son convocados por todos los medios legales de notificación, o por conducto de un agente de justicia, quince (15) días antes de la fecha fijada para la reunión. La convocatoria deberá indicar la fecha, hora, lugar y orden del día de la reunión.
Además, este proyecto de ley dispone que, en el plazo máximo de ocho días siguientes a la fecha de la toma de decisión por la asamblea general, el síndico o síndico del consejo sindical deberá, cada uno en lo que a él concierne, notificar a todos los copropietarios dichas decisiones acompañadas de las actas de las reuniones.